El Colegio Nacional de Correduría Pública Mexicana A.C. señaló a través de redes sociales oficiales que el Presidente de esta institución, Eduardo Ruiz Orozco, dijo que “la iniciativa de reforma al artículo 121 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no presenta una solución integral y efectiva a la problemática que enfrenta la prestación de servicios de fe pública en la actualidad. Por el contrario, consideramos que podría generar grave incertidumbre y violaciones a los derechos humanos de seguridad jurídica, igualdad, libertad de trabajo y competencia económica”.
Asimismo, según El Economista, el organismo celebró que el Senado no haya votado en la legislatura anterior la iniciativa que impulsa a Notarios y Notarias a dar fe pública y transformar a la actividad notarial en un “monopolio”.
¿Cuál es la propuesta de reforma al artículo 121 constitucional?
En Enero del 2022, la entonces Senadora Olga Sánchez Cordero, presentó ante la Comisión Permanente una iniciativa de reforma constitucional en la que se planteó que la función social de la labor notarial esté considerada en la Carta Magna de México para evitar la expansión de otros sistemas legales.
El proyecto de ley que adiciona el artículo 121 de la Constitución, refiere que los estados de la República están facultados para permitir el ejercicio de la función notarial a personas privadas o particulares, mismas que no podrán practicar la fe pública después de los 75 años.
De acuerdo con el Canal del Congreso, la propuesta señala que las leyes y constituciones de las entidades federativas deberán garantizar que profesionales del derecho sean quienes ejerzan la función notarial y que a su vez, estos accedan a dicha función a través de exámenes públicos de oposición.
Por su parte, la Senadora de Morena explicó durante la sesión, que la iniciativa pretende “estandarizar los perfiles y mecanismos para poder acceder a ser notario titular, fortaleciendo la transparencia, propiciando relevos generacionales más justos, ofreciendo brindar mayor certidumbre sobre las remuneraciones de los notarios (…)”.
¿Qué establece el artículo 121 constitucional?
El artículo 121 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que “En cada entidad federativa se dará entera fe y crédito de los actos públicos, registros y procedimientos judiciales de todas las otras. El Congreso de la Unión, por medio de leyes generales, prescribirá la manera de probar dichos actos, registros, procedimientos, y el efecto de ellos (…).
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