7 de julio de 1859: Benito Juárez anuncia las Leyes de Reforma

Tras el periodo de la Colonia en nuestro país, la Iglesia tenía mucho poder e influencia en el sistema político. Durante esta época de turbulencia política, el sistema de gobierno dependía de la disputa entre los liberales y los conservadores.

Durante la Guerra de Reforma, Benito Juárez estableció la capital del país en el Puerto de Veracruz. Fue aquí donde el 7 de julio de 1859 presentó ante la Nación el paquete legislativo de lo que posteriormente se convertirían en las Leyes de Reforma.

A través de las Leyes de Reforma se establecieron y fijaron los términos políticos y jurídicos de la relación entre la Iglesia y el Estado. Delimitó los alcances de ambas entidades y dio paso a un nuevo modelo de organización política.

El Proyecto se conformó por las siguientes Leyes:

  1. Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos. 12 de junio de 1829. Esta Ley surgió como complemento de la Ley Lerdo, con la diferencia de que los bienes eclesiásticos ya no pasaban a manos de los rentistas, sino que se nacionalizaban.
  2. Ley del Matrimonio Civil. 23 de julio de 1859. Esta Ley establecía que el matrimonio religioso pierde su validez oficial. A partir de ahora, el matrimonio es considerado como un contrato civil con el Estado.
  3. Ley Orgánica del Registro Civil. 28 de julio de 1859. Aquí se plasmó que el registro del estado civil de las personas quedaba a cargo de empleados del gobierno, no de la Iglesia. Se declararon los nacimientos y defunciones como un contrato civil con el Estado. Se expidió el Decreto del 31 de julio de 1859 por el que se secularizaron todos los cementerios.
  4. Ley de Exclaustración de Monjas y Frailes. 11 de agosto de 1859. En esta ley se prohibió la existencia de claustros o conventos, implicando su clausura.
  5. Ley Sobre la Libertad de Cultos. 4 de diciembre de 1860. En esta ley se renunciaba a la idea de la Iglesia Católica como la única y verdadera creencia religiosa en México. Permitió a cada persona practicar y elegir el culto que deseara, con plena libertad y prohibió la realización de ceremonias fuera de las iglesias o templos.

Posteriormente, se dictaron dos decretos que redondeaban la Reforma:

  • Decreto del 26 de febrero de 1861 para la salida de las religiosas y religiosos y mandaba extinguir las comunidades religiosas, salvo las de las llamadas Hermanas de la Caridad.
  • Decreto del 2 de febrero de 1861 por el que se secularizaban los hospitales y establecimientos de beneficencia.

Emanado de las leyes, ese mismo año se estableció el Registro Civil, con lo que se inició una larga tradición de captación de los datos vitales de los ciudadanos mexicanos.

Al morir Benito Juárez (1872), Miguel Lerdo de Tejada, quien subió a la presidencia, se comprometió a cumplir las Leyes de Reforma y a incluirlas en la Constitución. Lo hizo el 25 de septiembre de 1873 a través de la Ley de Adiciones y Reformas a la Constitución.

Las Leyes trajeron cambios y transformaciones en el ámbito legal y jurídico del país. El sistema de reparto de propiedades tuvo un impacto en los trámites notariales relacionados con la compraventa y transferencia de bienes. Los Notarios jugaron un papel fundamental en la implementación de este nuevo sistema, ya que se les otorgó la responsabilidad de dar fe pública a estos actos.

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